¿Me pueden despedir verbalmente?
Si bien aquella no es la forma en que el legislador ha establecido como la forma correcta de efectuar un despido efectivamente el empleador si te puede despedir verbalmente, pero esto traerá aparejado una sanción sobre el empleador, el recargo sobre los años de servicio será de un 50%.
¿Qué hago si en el finiquito no me están pagando todo?
Siempre que creas que hay algo que falta pagar en el finiquito, no lo firmes. Lo recomendable es concurrir a la Inspección del Trabajo quienes fijarán un día para citar a las partes y tratar de resolver el problema.
No me han pagado las cotizaciones ¿qué puedo hacer?
Si estás no han sido pagadas existe la posibilidad de auto despedirte siempre que el empleador no haya pagado varias cotizaciones.
Me quitaron un bono ¿pueden hacer eso?
Si el bono ha sido pagado durante un tiempo considerable no puede el empleador unilateralmente descontar estos de tu remuneración. Si el empleador hace esto se abre la posibilidad de reclamar en la inspección del trabajo y luego demandar.
¿me pueden cambiar de turno?
El empleador tiene la facultad de cambiar de turno al trabajador siempre y cuando cumpla con los requisitos señalados por la ley.
¿cuándo me deben pagar el finiquito?
El empleador tiene la obligación de poner a disposición del trabajador el finiquito dentro de los 10 días siguientes a su despido. De no hacerlo puedes demandar y por ese medio solicitar el pago de este.
¿pueden despedirme si estoy con fuero maternal?
Es posible que te despidan si estas con fuero maternal siempre y cuando soliciten autorización al tribunal para ello y este lo autorice.
¿Qué necesito para auto despedirme?
Principalmente necesitas que haya un incumplimiento grabe de las obligaciones que impone el contrato y cualquiera de las dispuestas en el artículo 160 N° 1, 5 y 7. Estos incumplimientos vengan de parte del empleador
Si tengo menos de un año y me despiden ¿me deben pagar el feriado?
Si, lo que debe pagar el empleador al momento de despedirte es la remuneración que te adeude y el feriado proporcional también conocido como vacaciones proporcionales
¿pueden pagarme las horas extras con boletas de honorarios?
No. Las horas extras deben ser pagadas con tu remuneración, toda vez que el empleador sobre estas horas extras debe pagar cotizaciones y al solicitar que emitas boletas está evadiendo dicha responsabilidad.

