¿Puedo auto despedirme si no me han pagado las cotizaciones previsonales?

Si bien el auto despido o despido indirecto es un riesgo y una decisión difícil de tomar es muy probable que te hayas hecho esta pregunta si es que tu empleador incumple de forma reiterada el pago de las cotizaciones o si como empleador no pagaste cotizaciones de tus trabajadores.

Lo primero que es importante saber es que el Código del Trabajo no señala explícitamente que el no pago de las cotizaciones dará lugar a un auto despido, sin embargo, si establece la herramienta del despido indirecto en el caso que el empleador efectúe actos de «Incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato.«

Si bien ya existe pronunciamiento sobre la viabilidad de un despido indirecto en el caso de no pago de cotizaciones previsionales por parte de los tribunales superiores de justicia, el 7 de mayo de 2024 la Corte Suprema ha ratificado que es posible despedirse indirectamente si el empleador no paga las cotizaciones, al respecto a dicho:

[…] conforme a lo razonado en los considerandos anteriores y en las decisiones ofrecidas para su cotejo con la impugnada, se yergue como conclusión irredarguible la procedencia de la acción de despido ̈ indirecto ante el no pago, por parte del empleador, de la cotizaciones de seguridad social, aun cuando se trate sólo de algunos meses dentro de una relación laboral, máxime si no se han argumentado razones de naturaleza extraordinaria que pudieran explicar o justificar el incumplimiento, que dadas las consecuencias que acarrea al trabajador, sólo puede ser calificado de grave, por lo que permite configurar la causal de terminación del contrato prevista en el artículo 160 N° 7 del Código del Trabajo, que conforme al artículo 171 del mismo cuerpo legal puede ser esgrimida por el trabajador en contra del empleador y cuya consecuencia es el pago de las indemnizaciones y recargos legales consecuentes.

Rol N° 80.723-2023.

Para un trabajador que desea auto despedirse se abre una puerta que permitiría salir y poner término a la relación laboral con su empleador.

Para una empresa que no ha pagado las cotizaciones de uno o más trabajadores se habra una importante brecha de riesgo que daría lugar además a la nulidad del despido o ley bustos, que en termino simples, significa que deberá pagar las remuneraciones del trabajador luego de terminada la relación laboral, hasta el pago efectivo de las cotizaciones adeudadas.

Si te encuentras en cualquiera de estas situaciones no dudes en contactarnos, podemos ayudarte.

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